Se dice por ahí que de la muerte y los impuestos nadie se escapa. Aunque cada uno llega en formas diferentes. Y en el caso de los impuestos, según nuestra Constitución, estos se nos deben cobrar cumpliendo tres principios: equidad, eficiencia y progresividad. Luego cada vez que se habla de la dimensión tributaria de las reformas fiscales también hay que conversar acerca de si el cambio legal, incluyendo el balance entre aumentos y disminuciones impositivas, cumple el designio constitucional.
Alcanzar la eficiencia en el recaudo cobrando más impuestos a la gasolina y al diésel es relativamente sencillo. Con un gasto de $34 billones (2019, DANE), los combustibles fósiles son el bien de mayor consumo en Colombia. Los siguen la cerveza, el pollo, las gaseosas y el cemento gris. En un día promedio, sin las restricciones impuestas por la pandemia, el país consume más de diez millones de galones, y en cada uno de ellos se pagan entre 15 y 25% en impuestos. La liquidez y el fácil recaudo de los tributos a este bien básico, fundamental para mover la economía, los hacen muy atractivos para los funcionarios de la Hacienda Pública.
Cuando se habla de combustibles también se hace referencia a un servicio público que al querer gravarlo con más fuerza hay que integrar a la ecuación los principios de equidad y progresividad. Los principales compradores de combustibles líquidos son el transporte público de carga y de pasajeros, es decir, quienes más demandan del servicio público de distribución minorista de combustibles son otros dos servicios públicos, los cuales tienen atada su estructura de costos al precio del diésel.
La gasolina corriente la demanda el transporte en vehículo particular, que en el pasado se consideró como un bien suntuario, pero ya no lo es. Existen casi 16 millones de vehículos transitando por las vías y 12,5 millones de licencias de conducción (casi una licencia por hogar). La gran mayoría de los vehículos de transporte privado se usan para trabajar o ir a trabajar. Es decir, generan riqueza en su producción, distribución y goce.
La gasolina y el diésel son bienes de demanda irreversible. Este concepto significa que los aumentos impositivos poco o nada mueven el consumo en el corto plazo. Y el comportamiento de su demanda es un termómetro del ciclo económico. Plantear, entonces, que colgándole cual árbol navideño más impuestos al consumo lo moverá a otros energéticos oculta propósitos alcabaleros que eluden el cumplimiento de los designios constitucionales del sistema tributario.
El consumo de este tipo de bienes se modifica fundamentalmente con disposiciones de oferta que viabilizan la demanda. Pensar que la demanda se desplazará de los combustibles fósiles a otros energéticos subiendo ‒así sea con ropajes verdes‒ a niveles confiscatorios la carga tributaria al consumo es desproporcionado, no razonable, inequitativo, afecta al mínimo vital y será una talanquera para la superación de la profunda crisis económica y social.
Bogotá, 27 de enero de 2021